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Formulario de Citas

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Derechos de los Usuarios de los Servicios de Salud

Derechos de los Usuarios de los Servicios de Salud

  • Derecho al Acceso a los Servicios de Salud:
  1. A la atención de emergencia, sin condicionamiento a la presentación de documento alguno.
  2. A la libre elección del médico o IPRESS.
  3. A recibir atención con libertad de juicio clínico.
  4. A una segunda opinión médica.
  5. Al acceso a servicios, medicamentos y productos sanitarios adecuados y necesarios.

 

  • Derecho al Acceso a la Información:
  1. A ser informado adecuada y oportunamente de sus derechos en calidad de persona usuaria.
  2. A conocer el nombre del médico responsable de su atención, así como de los profesionales a cargo de los procedimientos.
  3. A recibir información necesaria y suficiente, con amabilidad y respeto, sobre las condiciones para el uso de los servicios de salud, previo a recibir la atención.
  4. A recibir información necesaria y suficiente sobre su traslado dentro o fuera de la IPRESS; así como otorgar o negar su consentimiento, salvo jus ficación del representante de la IPRESS.
  5. A recibir de la IPRESS información necesaria y suficiente, sobre las normas, reglamentos y/o condiciones administra vas vinculadas a su atención.
  6. A recibir de su médico tratante y en términos comprensibles, información completa, oportuna y con nuada sobre su propia enfermedad y sobre las alterna vas de tratamiento.
  7. A decidir su retiro voluntario de la IPRESS expresando esta decisión a su médico tratante.
  8. A negarse a recibir o continuar un tratamiento.
  9. Derecho a ser informado sobre la condición experimental de productos o procedimientos, así como de sus riesgos y efectos secundarios.

 

  • Derecho a la Atención y Recuperación de la Salud:
  1. A ser atendido por personal de la salud autorizados por la normatividad vigente.
  2. A ser atendido con pleno respeto a su dignidad e intimidad, buen trato y sin discriminación.
  3. A recibir tratamientos cientificamente comprobados o con reacciones adversas y efectos colaterales advertidos.
  4. A su seguridad personal, a no ser perturbado o expuesto al peligro por personas ajenas a la IPRESS.
  5. A autorizar la presencia de terceros en el examen médico o cirugía, previa conformidad del médico tratante.
  6. Al respeto del proceso natural de su muerte como consecuencia del estado terminal de la enfermedad

 

  • Derecho al Consentimiento Informado:
  1. Al consentimiento informado por escrito en los siguientes casos:
  2. Cuando se trate de pruebas riesgosas, intervenciones quirúrgicas, an concepción quirúrgica o procedimientos que puedan afectar su integridad, salvo caso de emergencia.
  3. Cuando se trate de exploración, tratamiento o exhibición de imágenes con fines docentes.
  4. Antes de ser incluido en un estudio de investigación cientifica.
  5. Cuando reciba la aplicación de productos o procedimientos en investigación.
  6. Cuando haya tomado la decisión de negarse a recibir o continuar el tratamiento, salvo cuando se ponga en riesgo su vida o la salud pública.
  7. Cuando el paciente reciba cuidados paliativos.

 

  • Protección de Derechos:
  1. A ser escuchado y recibir respuesta de su Queja o Reclamo por la instancia correspondiente, cuando se encuentre disconforme con la atención recibida.
  2. A recibir tratamiento inmediato y solicitar reparación en la vía correspondiente, por los daños ocasionados en la IPRESS.
  3. Al carácter reservado de la información contenida en su historia clínica.
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